TRIBUNALES

El Supremo decide que sea Peinado y no García Castellón quien investigue una supuesta 'criptosecta'

"Debe atribuirse la competencia al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid", concluye la Sala de lo Penal del alto tribunal, que resalta que su criterio coincide con el de la Fiscalía

El juez Juan Carlos Peinado en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla.

El juez Juan Carlos Peinado en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla. / José Luis Roca

Tono Calleja Flórez

Tono Calleja Flórez

El Tribunal Supremo ha decidido que sea el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, y no el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, el que tenga que investigar la denuncia presentada contra IM Mastery Academy, una academia de formación en análisis técnico de valoraciones de productos financieros que ofrecían cursos online, que luego no se llevaron a cabo, según especifica un auto de 26 de junio de la Sección Primera de la Sala de lo Penal del alto tribunal, cuyo ponente es el magistrado Leopoldo Puente Segura.

"En criterio coincidente con el del Ministerio Fiscal debe atribuirse la competencia al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, sin perjuicio de que, como tantas veces se ha reiterado, por ejemplo, en nuestros autos de 12 de junio de 2014 y 12 de julio de 2017: las decisiones sobre competencia territorial, cuando se suscitan en la fase instructora o preparatoria, tienen un carácter provisional", especifica la resolución, a la que ha tenido acceso esta redacción.

Llegada del juez Manuel García-Castellón a la Audiencia Nacional

Llegada del juez Manuel García-Castellón a la Audiencia Nacional / Mariscal

La disputa entre ambos jueces se inició cuando el Peinado dictó un auto en el que acordaba inhibirse en favor de los Juzgados Centrales de Instrucción, al considerar que no era de su competencia, pues el presunto fraude denunciado contra esta supuesta 'criptosecta' afectaba a una generalidad de perjudicados en el territorio de más de una provincia, que es uno de los requisitos para que la competencia se atribuya a la Audiencia Nacional.

Y el Juzgado al que le correspondió la causa fue el Central de Instrucción número 6, cuyo titular es Manuel García Castellón, quien hasta hace unos meses gozaba de un refuerzo judicial otorgado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Pero la decisión del instructor de casos tan relevantes como Tándem, Púnica, Lezo o Tsunami Democràtic fue rechazar la inhibición de Peinado, que ahora se encarga del caso Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

"Extenso auto"

El Juzgado de García Castellón elaboró el 22 de febrero de 2023 "un razonado y extenso auto" en el que sostenía que los hechos de la denuncia no cubrían las exigencias de excepcionalidad que justificarían la competencia de la Audiencia Nacional, pues la cuantía expuesta en la denuncia ascendía a 48.676 euros, y, "al menos hasta la fecha, como afectados concretos constaban únicamente 20 personas".

"Entendemos, como señala acertadamente el Juzgado Central de Instrucción número 6, y también de acuerdo con lo observado por el Ministerio Fiscal, que, en el caso y en este momento procesal, no se advierte la concurrencia de las notas que determinarían la atribución de competencia a la Audiencia Nacional, pues no aparece razonablemente justificada la existencia de una multiplicidad de personas perjudicadas en el territorio de más de una Audiencia, que más parece construido sobre la base de un razonamiento o cálculo especulativo, y que requeriría, cuando menos, una mínima pero sólida comprobación", dice de forma literal el auto, que además de por Leopoldo Puente Segura lo firman los magistrados Antonio del Moral y Javier Hernández García.

La Sala tampoco considera acreditado, "ni parece tampoco plausible, tal y como paladinamente se admite por todos, que la cuantía de la defraudación afecte gravemente a la economía nacional o a la seguridad del tráfico mercantil, pues en el presente momento no se vislumbra que la cantidad defraudada pudiera resultar superior o equivalente a las que la jurisprudencia viene señalando al respecto", completa la resolución.

Denuncia ante la UDEF

El procedimiento contra esta supuesta 'criptosecta' se inició tras la denuncia presentada ante la Brigada Central de Delincuencia Económica y Central de la UDEF, el 11 de marzo de 2021, por once afectados por los presuntos delitos de estafa masiva, publicidad engañosa, contra el derecho de los trabajadores, contra la hacienda pública, contra la seguridad social, coacciones psicológicas, amenazas y asociación ilícita u organización criminal.

A través de las correspondientes investigaciones, indica el auto, se llegó a la conclusión de que la supuesta 'criptosecta' "apenas proporcionaba un aprendizaje al respecto, realizando meros desembolsos que no conducían a ningún resultado, pudiendo ser los hechos constitutivos de un posible delito de estafa".

La denuncia interpuesta especifica, finalmente, que la academia lograba la captación de nuevos alumnos a través de los anteriores, "lo que daría lugar al fenómeno de la llamada estafa piramidal". Ello determinaría, concluyen los denunciantes, que el número final de perjudicados "sea muy elevado". Según se desprende del informe de la UDEF Central de 14 de junio de 2022 los afectados podrían alcanzar la cifra de 384. Además, su procedencia, revela la denuncia, "es muy dispar encontrándose repartidos por distintas provincias del territorio español y hallándose alguno incluso fuera de las fronteras de nuestro país".