¿Sabías que puedes anular todas tus multas de la ITV? La sentencia judicial que te solucionará la vida

La Dirección General de Tráfico incorporó hace unos años la figura de la baja temporal

Una situación en la que deben permanecer los vehículos que llevan una temporada larga sin ser utilizados

La multa inimaginable que pueden ponerte al tener el coche aparcado: hasta 500 euros

La multa inimaginable que pueden ponerte al tener el coche aparcado: hasta 500 euros

SPORT.es

La Dirección General de Tráfico incorporó hace unos años la figura de la baja temporal, una situación en la que deben permanecer los vehículos que llevan una temporada larga sin ser utilizados. Además, según informa la DGT, todos los vehículos que estén en la vía pública, aunque no se utilicen, deben estar al día de ITV, seguro e Impuesto de circulación.

Este nuevo concepto de baja temporal se creó como respuesta al vacío legal en el que se encontraban todos los vehículos que llevaban semanas, meses o años aparcados en la calle sin ser utilizados y además, sin la ITV y el seguro al corriente. Desde ese momento, la autoridad competente puede destinarlos al desguace.

De producirse el caso, el dueño del vehículo recibiría una multa por el abandono del vehículo en la vía pública, a la que hay que sumar el coste por la retirada en grúa y el achatarramiento. La baja temporal tiene un coste de ocho euros y es un trámite relativamente sencillo que se puede hacer por la página oficial de la DGT.

Según una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, la ley ha dado la razón a un propietario de un coche sin ITV que recibió una multa cuando estaba estacionado en la calle. El reglamento no contempla como infracción ninguna que los vehículos aparcados no dispongan de la ITV. Una sentencia que podría aplicarse a miles de recursos por multas en toda España.