Si estás en esta lista, tienes que 'echar' la declaración de la Renta sí o sí

La campaña del IRPF comenzó hace una semana, pero todavía hay quien no sabe si tiene que presentar su declaración o no

Comienza la campaña de la Renta 2023.

Comienza la campaña de la Renta 2023.

El pasado 11 de abril, dio el pistoletazo de salida uno de los eventos fiscales más importantes para los hogares en España: la declaración de la renta, un trámite que deben realizar los contribuyentes en el país para informar a Hacienda sobre sus ingresos y gastos durante el año anterior (en este caso, 2022). El objetivo de este tributo es determinar si las personas han pagado más o menos impuestos a lo largo del año y ajustar cuentas con la Administración en un caso u otro.

En España, la declaración de la Renta se hace una vez al año y se refiere al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Este tributo sirve para gravar las rentas (es decir, los ingresos) que han obtenido las personas físicas a lo largo de un ejercicio fiscal. Para ello, se tienen que recoger todos los ingresos obtenidos durante el año: desde salarios hasta pensiones pasando por los rendimientos de capital mobiliario (intereses, dividendos, etc.), rentas de alquiler y otros tipos de ingresos.

Pero, en la declaración de la Renta no solo hay que incluir los ingresos, también se pueden incluir los gastos deducibles: es decir, todos aquellos 'pagos' que haya hecho el contribuyente como gastos médicos, intereses de la hipoteca o donativos a ONGs entre otros. Una vez que se han calculado los ingresos y los gastos, se determina la base imponible, que es la cantidad sobre la que se aplicará el tipo de gravamen correspondiente.

Si el resultado es que se debe pagar impuestos, la declaración sale 'a pagar' y tiene que abonar cierta cantidad a la Agencia Tributaria. Si, por el contrario, el resultado es 'a devolver', el contribuyente recibirá la cantidad correspondiente por parte de Hacienda. En algunos casos, también puede darse la situación de que el resultado sea a pagar, pero si el ciudadano no tiene capacidad económica para hacer frente al pago, puede fraccionarlo o aplazarlo.

¿Quién está obligado a 'echar' la declaración de la Renta?

Una de las dudas más recurrentes cuando comienza la campaña de la declaración de la Renta es quién está obligado y quién no a presentarla. En España, están obligados a 'echar' la Declaración quienes cumplan algunos de los requisitos recogidos en la ley anterior:

  1.  Si se han obtenido rendimientos del trabajo por un importe superior a 22.000 euros brutos anuales, siempre y cuando procedan de un solo pagador. Si se han obtenido rendimientos de trabajo de varios pagadores, el límite para estar obligado a presentar la declaración de la renta es de 14.000 euros brutos anuales.
  2.  Si se han obtenido rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con un límite conjunto de 1.600 euros anuales.
  3.  Si se han obtenido rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con un límite conjunto de 1.000 euros anuales.
  4.  Si se han obtenido rendimientos de actividades económicas.
  5.  Si se han obtenido ganancias patrimoniales no sujetas a retención o ingreso a cuenta, o sujetas pero exentas, superiores a 1.000 euros anuales.
  6.  Si se han realizado aportaciones a planes de pensiones, sistemas de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, seguros de dependencia y mutualidades de previsión social, con un límite conjunto de 8.000 euros anuales.
  7.  Si se han realizado donativos y donaciones con derecho a deducción, entre otros casos.

Aunque no se cumplan los requisitos y el contribuyente no esté 'obligado' a echar la declaración de la Renta, también puede presentarla voluntariamente para solicitar deducciones y reducciones fiscales, o para recibir una posible devolución por exceso de retenciones.

Las personas que tienen que presentar el IRPF, pero que todavía no lo saben

Además de todas aquellas personas que cumplan algunos de los requisitos recogidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, desde que se puso en marcha el Ingreso Mínimo Vital hay un grupo más de ciudadanos que están obligados a presentar su declaración.

Aunque el Ingreso Mínimo Vital es una "renta exenta" y no tributa por el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas, todos los beneficiarios que lo reciben están obligados a incluirlo en su declaración y a presentarla.