3 comunidades autónomas prescinden del impuesto de Sucesiones si cumples con este requisito

Se trata de un tributo que se abona a Hacienda tras recibir una herencia o donación en vida

impuesto de sucensiones

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Una de las grandes trabas a la hora de recibir una herencia o una donación en vida es el impuesto de Sucesiones, ese tributo aplicable a una persona que recibe bienes o derechos de otra, a través de herencia o por una donación. Un pago que se realiza a la Agencia Tributaria y que varía mucho de una comunidad autónoma a otra en España ya que la fiscalización depende de los gobiernos regionales.

Como ya sabrás, porque se ha hablado mucho del impuesto de sucesiones, el pago del tributo corresponde a la persona (o personas) que hereda (o heredan) y la cantidad a ingresar dependerá de varios factores, entre ellos el valor del patrimonio recibido o el grado de parentesco.

Si bien hay comunidades autónomas en las que se ha decidido suprimir o rebajar el impuesto, son 3 las regiones de España en las que se exime del pago si cumples algunas condiciones:

  • En La Rioja existe una bonificación del 99% para herencias entre padres e hijos o entre cónyuges siempre que no se superen los 400.000 euros.
  • En Galicia rige una reducción de 400.000 euros para todos aquellos herederos que pertenezcan al Grupo II.
  • En País Vasco se ha implantado una medida parecida. Se exime del pago en aquellas herencias inferiores a 400.000 euros si el grado de parentesco es entre descendientes, ascendientes, cónyuges o parejas de hecho.

En resumen, ten en cuenta que el grado de parentesco es fundamental para aprovechar algunas de las reducciones del impuesto de Sucesiones disponibles en muchas regiones de España.