Este error de Hacienda puede hacer que te devuelvan hasta 4.000 euros: requisitos para la devolución
Un grupo de trabajadores puede beneficiarse de una gran devolución de dinero gracias a un error que la Agencia Tributaria cometió hace décadas
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Nueva alegría de Hacienda: te devuelve 4.000 euros si estás en esta lista / AGENCIAS
Una sentencia del Tribunal Supremo ha reconocido que Hacienda cometió un error hace décadas al cobrar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físcias, por lo que un pequeño grupo de trabajadores puede beneficiarse en los próximos meses de una gran devolución por parte de la Agencia Tributaria.
Aquellos que trabajaron en sectores como la metalurgia, la construcción o el comercio entre 1967 y 1978 podrán recibir hasta 4.000 euros de devolución. Según el fallo del Supremo deberían haber tributado por el 75% de su pensión en las aportaciones en las mutualidades laborales y no el 100% como se les cobró.
Vaya, que pagaron más impuestos de los que tocaban durante 11 años y ahora, tras la sentencia pueden recibir su compensación, este grupo de personas, actualmente están jubiladaas pero pueden reclamar el dinero que les pertenece.
En el caso de que alguno de los afectados hubiera fallecido, sus familiares podrian reclamar el derecho al dinero, si hace menos de cuatro años del fallecimiento.
Cómo solicitar la devolución a la Agencia Tributaria
La devolución de Hacienda rondará entre los 3.000 y los 4.000 euros, realmente la cantidad debería ser superior pero solo es posible reclamar lo correspondiente a los últimos cuatro años porque los anteriores ya han prescrito.
La solicitud deberá realizarse en la Agencia Tributaria, se podrá hacer de forma online, identificándose en los sistemas habilitados, ya sea la Clave Pin, el certificado digital o el DNI electrónico.
El trámite también puede realizarse mediante el número de la casilla 505 de la Declración de la Renta del año anterior. Una vez dentro de la sede electrónica, se deberá acceder a 'aportar documentación complementaria', donde podremos modificar las declaraciones de años anteriores, en concreto, las previas a 1978.
El dinero devuelto será distinto en cada caso y corresponde a la parte proporcional de la pensión del afectado que tiene derecho a deducir el 25% pagado de antemano.
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