La nueva norma de la DGT: si no llevas esto en el coche pueden caerte 200 euros de multa

Una normativa que aplica tanto para coches, furgonetas, motocicletas, ciclomotores...

La DGT endurecerá la tasa de alcoholemia y da un nuevo giro a la normativa

La DGT endurecerá la tasa de alcoholemia y da un nuevo giro a la normativa

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado sus multas entre 200 y 500 euros a las que se pueden enfrentar los conductores cuando no lleven todos los documentos obligatorios dentro del vehículo.

Una normativa que aplica tanto para coches, furgonetas, motocicletas, ciclomotores... todos tienen que estar regulados correctamente porque en cualquier momento la Guardia Civil de Tráfico puede solicitar un control.

Las multas son el gran temor de los conductores, las más típicas son por exceso de velocidad o por consumo de alcohol y drogas que se han endurecido con la reforma de la Ley de Tráfico.

Aunque son las más comunes no es el único motivo que conlleva sanciones económicas o de pérdida de puntos del carnet. Existen nuevas multas consideradas graves con una sanción de 200 euros.

¿En qué consiste esta multa?

Hay tres documentos obligatorios que debes llevar en tu vehículo, no portarlos se considera una sanción grave. En primer lugar, se encuentra el permiso de circulación, pasando por el permiso de conducir y por último, la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).

Desde el año 2008 ya no es obligatorio llevar la póliza de seguros y el carnet de conducir puede llevarse en formato digital en la aplicación del móvil miDGT.

Para no recibir una sanción de 200 euros, en plena temporada de vacaciones, si quieren hacer un viaje fuera del país es indispensable llevar la Carta Verde para circular por países fuera de la Unión Europea (UE).

Es necesario llevar una autorización administrativa válida para la circulación. Un permiso extranjero sin canjear puede traer multas.