Economía familiar

Buenas noticias para las amas de casa: así será la nueva pensión que ofrece el Imserso

El colectivo es uno de los menos visibilizados a nivel histórico y ahora está a dos requisitos de optar a una mensualidad en forma de pensión

Existe una pensión de jubilación que puedes pedir si eres ama de casa y no has cotizado

Existe una pensión de jubilación que puedes pedir si eres ama de casa y no has cotizado / SPORT.es

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Las amas de casa han sido un colectivo a quien históricamente se ha reconocido poco su trabajo porque no requiere estar dado de alta en la Seguridad Social. Sin embargo, es necesaria una entrega total para dedicar gran parte del tiempo vital en cuidar del hogar y a las labores familiares, como la cura de pequeños y mayores.

Hasta ahora nunca habían optado a una pensión al llegar a los 65 años, edad estipulada para la jubilación. Ahora, gracias al Imserso este colectivo podrá disfrutar de una pensión por primera vez, siempre que se cumplan dos requisitos básicos, además de superar la edad de jubilación.

La cuantía que recibiría cada solicitante en caso de percibir esta pensión es de 517,90 euros al mes, 7.250,60 euros al año. Sin embargo, hay que tener en cuenta que esta retribución es incompatible con otras pensiones, por ejemplo de invalidez o asistenciales.

Requisitos básicos

El primer requisito pide al solicitante haber residido en residir actualmente en España y haberlo hecho durante un período de 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

El segundo requisito, pide que exista carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales.

Condicionantes

Pese a todo esto, hay una serie de condicionantes que afectan a la posibilidad de cobro, como la convivencia con familiares. En este caso, si la persona solicitante convive con su marido/mujer, y/o con familiares de segundo grado, deberán ingresar en casa menos de 12.326,02 euros anuales, en caso de ser dos personas en casa.

Si son tres, la suma no puede ascender de 17.401,44 euros anuales, y si son cuatro, de 22.476,86 euros anuales. Si se convive con aún más, se deberá sumar la cantidad de 5.075,42 euros por persona.

En caso de residir con padres o hijos (parientes de primer grado), los ingresos totales deberían situarse por debajo de los 30.815,05 euros anuales, si son dos personas en total en el domicilio. 43.503,60 euros anuales si son tres, y 56.192,15 euros anuales si son cuatro. Si son más, hay que sumar 12.688,25 euros anuales por cada integrante más.