La sentencia dictada por la Sección 10 de la Audiencia de Barcelona por la brutal violación de Igualada tiene un componente singular: la aplicación de agravante de discriminación de género, que comporta una aumento de la pena. Los magistrados son contundentes en sus apreciaciones respecto a este aspecto, al considerar que Brian Raimundo Céspedes reprodujo un patrón de "conducta violenta, vejatoria y humillante" hacia las mujeres, "exteriorizando e imponiendo una situación de dominación o subyugación por el mero hecho de pertenecer al género femenino”. Esta actitud del procesado no es puntual, pues en la misma resolución que esa actitud del acusado no solo ha quedado demostrada por la agresión sufrida por la adolescente, sino también por los antecedentes policiales y denuncias incorporadas al sumario por delitos de violencia sexual en el ámbito familiar, en concreto había sido investigado por agredir ssexualmente a su hermana y a su expareja.

La sentencia de la violación de Igualada: el agravante de discriminación por ser mujer (leer noticia)