Sentencia

El jurado declara culpable de asesinato a la 'envenenadora de los laxantes' de Valencia

La Fiscalía y las acusaciones particulares solicitan el ingreso en prisión de la acusada tras el veredicto de culpabilidad

Carmen B. G. mató a su víctima aprovechándose de su vulnerabilidad de forma intencionada para obtener un beneficio patrimonial de más de 135.000 euros entre extracciones de dinero, compras y dos préstamos

La mujer acusada de matar a su compañero sentimental suministrándole laxantes, a la izquierda de la imagen, habla con su abogada.

La mujer acusada de matar a su compañero sentimental suministrándole laxantes, a la izquierda de la imagen, habla con su abogada. / EFE

Ignacio Cabanes, Teresa Domínguez

Culpable de asesinar a su pareja administrándole durante meses grandes cantidades de laxantes hasta provocarle una diarrea aguda que fue "la causa determinante de su muerte". Así lo ha declarado el jurado popular, que ha dictado su veredicto de culpabilidad contra Mari Carmen B. G., la conocida como la 'envenenadora de los laxantes' de Valencia. También la consideran responsable de desvalijar las cuentas de su víctima durante los siete meses que estuvo hospitalizado, tanto con extracciones bancarias, como con compras con sus tarjetas y con dos préstamos a su nombre, cuyo importe total asciende a los 135.000 euros.

Tras el contundente veredicto de culpabilidad del jurado, la Fiscalía y las acusaciones particulares, ejercidas por los letrados Andrés Zapata y Víctor González, han solicitado el ingreso en prisión provisional de la acusada.

El jurado ha considerado probado que Mari Carmen B. G. administró a su pareja, Salvador Vendrell, de 69 años, de manera continuada diversos laxantes que iba comprando en grandes cantidades entre septiembre de 2020 y abril de 2021, tiempo en el que la víctima estuvo ingresado en el Hospital IMED de Valencia. Los miembros del jurado entienden que la acusada era perfectamente conocedora de los efectos de estos fármacos, precisamente por haberlos estado consumiendo desde muy joven, y que conocía las diversas patologías que padecía Salvador.

Así, queda acreditado que la procesada le suministraba dichos laxantes de forma intencionada “sabiendo y aceptando que con ello podría causarle la muerte”. Como así fue, cuando el 16 de abril de 2021 Salvador falleció tras sufrir un cuadro de diarrea crónica y funcional refractaria a cualquier tipo de tratamiento durante meses, que llevó a su deshidratación y deterioro progresivo e irreversible de su estado.

El shock séptico severo que obligó a ingresar en la UCI del citado hospital a Salvador el 21 de marzo de 2021, y que finalmente llevó a su muerte, fue causado por la administración de los laxantes que la acusada le estuvo dando a Salvador en los meses en los que estuvo ingresado, según ha declarado probado el jurado.

Todo ello lo realizó la acusada, que ejerció de acompañante y cuidadora de Salvador durante su estancia hospitalaria. Para evitar que sus hijos pudieran ir a visitarlo y lograr su propósito de estar a solas con él y tenerlo a su merced, Mari Carmen convenció a su pareja para que le ordenara a los médicos que no informaran a nadie de su evolución, salvo a ella y al propio paciente. Dentro de este plan de aislamiento también le quitó el teléfono móvil a su víctima.

El móvil económico

De igual modo, los miembros del jurado también han declarado probado que desde octubre de 2020 hasta la muerte de su víctima, la acusada realizó un total de 152 extracciones de dinero en distintos cajeros con las tarjetas de crédito de Salvador por un importe de 88.110 euros, solicitó dos préstamos de 9.900 y 3.300 euros haciéndose pasar por este, hizo diversas compras por un total de 31.448 euros con la tarjeta oro de su pareja mientras sufría una diarrea aguda en el hospital, así como otras 34 compras en El Corte Inglés con la tarjeta personal de Salvador que ascendían a otros 2.758 euros. Todas estas operaciones fueron realizadas sin el consentimiento de su víctima, como así ha estimado probado el jurado.

Vulnerabilidad de la víctima

Por todo ello, el jurado ha declarado a la acusada culpable de haber matado de forma intencionada a Salvado "suministrándole de manera subrepticia laxantes" durante su ingreso hospitalario sin que nadie pudiera detectarlo. Además se aprovechó de las situación de desvalimiento (por su estado de salud) de su víctima y de la relación de confianza que tenía con él tanto para la comisión del asesinato como de la estafa.

También se le aplica la agravante de parentesco, que no admitía discusión, al haber tenido una relación sentimental con Salvador desde 2019, iniciando la convivencia en marzo de 2020 en el chalet de la Canyada del fallecido.

Los miembros del jurado popular también se han pronunciado en contra de que se le conceda cualquier tipo de beneficio, suspensión de la pena, o el indulto total o parcial de la pena que le sea impuesta por el magistrado. El Ministerio Fiscal solicita para la acusada una pena de 23 años de prisión por un delito de asesinato y otros cinco años y tres meses de cárcel por los delitos continuados de estafa y falsedad documental.