Novedades en la ley de familias

El Gobierno no exigirá el curso para tener perros a quienes ya tengan un animal

La formación, online y de cuatro horas, sólo será obligatoria para quienes adquieran un can tras la aprobación del real decreto que se negocia con las autonomías y el sector

Un hombre paseando a su perro en una imagen de archivo

Un hombre paseando a su perro en una imagen de archivo / FERRAN NADEU

Patricia Martín

La ley de animales suscitó la pasada legislatura mucha controversia, dudas y críticas. Además, varios de sus preceptos no entraron en vigor, a la espera de que el Gobierno aprobara el reglamento necesario para su puesta en marcha. Pero finalmente no será un reglamento, sino un real decreto el que desarrolle la norma. El Ministerio de Derechos Sociales ha enviado este viernes a las comunidades autónomas un borrador que regula 25 de sus artículos, con el fin de que estas hagan sus aportaciones antes del 31 de agosto.

El borrador ratifica que "las personas que opten a ser titulares de un perro de compañía" tendrán que realizar un curso de formación, certificado por la autoridad competente. El curso será gratuito, se impartirá preferentemente de manera online, tendrá una duración de cuatro horas, validez indefinida y el plazo para realizarlo será de seis meses desde que entre en vigor el real decreto.

Todos los dueños de perros deberán contratar un seguro que deberá estar vigente durante toda la vida del animal

El Ministerio de Derechos Sociales ha informado a El Periódico, del mismo grupo editorial que este diario, que "solo tendrán que obtener el certificado quienes adquieran, adopten o acepten en cesión un perro a partir de los seis meses de la entrada en vigor del real decreto". Es decir, no lo tienen que realizar todos los dueños de perros, sino quienes lo adquieran con posterioridad a que se apruebe la norma.

A este respecto, aún no hay fecha prevista para su aprobación, dado que después de consultar a las comunidades y a los colectivos interesados, como el sector de la cría, tiendas, protectoras, el real decreto se someterá, en septiembre, a exposición pública. Fuentes de Derechos Sociales indican que el Gobierno busca "el máximo consenso posible" y, por tanto, no se "marca una fecha específica para su aprobación".

Las razas peligrosas podrán dejar de serlo si el perro supera una prueba de aptitud a la que deberán someterse a los 12 meses de edad

Además del curso, la propuesta gubernamental marca que los dueños de perros tendrán que contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros de una cuantía de 100.000 euros. El seguro tendrá que estar vigente durante toda la vida del animal, independientemente de la raza, y también tendrá que ser contratado en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del real decreto. El borrador de la norma establece que los seguros de hogar que incluyan esta casuística serán válidos.

Perros peligrosos

En cuanto a los perros potencialmente peligrosos, categoría que en un inicio el Gobierno trató de eliminar, el borrador establece que las razas así catalogadas puedan dejar de serlo si el perro supera una prueba de aptitud a la que deberán someterse a los 12 meses de edad. La prueba será realizada por profesionales del comportamiento animal y deberá ser inscrita en el registro de identificación del perro para que quede constancia. Los perros que no superen la prueba se considerarán potencialmente peligrosos y se prohibirá su reproducción.

Por otro lado, la iniciativa legislativa de Derechos Sociales establece que las mascotas que se dejen solas en vehículos cerrados y expuestas a condiciones que puedan poner su vida en peligro puedan ser rescatadas por los servicios de emergencias, siempre que no se localice al titular del vehículo y que, bajo su criterio profesional, aprecien "signos evidentes" de que la vida del animal se encuentra en riesgo.

Los servicios de emergencias podrán abrir vehículos o entrar en fincas para rescatar a animales en situación de riesgo si no localizan al dueño

También incluye la habilitación de un procedimiento para que las administraciones se hagan cargo de cualquier animal de compañía confinado en un recinto abierto o en una finca que pueda encontrarse en situación de riesgo por no haber sido atendidas sus necesidades básicas. Según indica el texto, la autoridad local competente podrá trasladar al animal a un centro de recogida para que sea atendido de forma provisional mientras se tramita el procedimiento de abandono.

Los criadores

Y es que uno de los objetivos de la ley es que haya "abandono, maltrato y sacrificio cero". Para ello, el real decreto incluye medidas para restringir que se críe a perros y gatos de manera irregular, que solo puedan reproducirse los perros que hayan sido inscritos como "reproductores" en el momento de la identificación, que la ley ha convertido en obligatoria para perros, gatos y hurones, para garantizar su control y seguridad.

Cuando se produzca la reproducción accidental, el borrador de Real Decreto prevé que los cachorros queden inscritos previa autorización excepcional del Ayuntamiento en el que resida el titular. La norma crea además las figuras de los criadores convencionales, especializados y puntuales, en función de la intensidad de la actividad y del número de animales que manejen. Asimismo, propone regular, por primera vez, la actividad de los profesionales del comportamiento, las personas o entidades encargadas del adiestramiento, la educación o la modificación de la conducta de animales de compañía.

Se plantean, además, registros centralizados para criadores, núcleos zoológicos y entidades de protección animal, con el objetivo de luchar contra el intrusismo profesional, que a juicio del Gobierno va en detrimento del bienestar de los animales. Se crea también el Sistema Central de Registros para la Protección Animal, que incluirá a los animales de compañía, a entidades de protección animal, a profesionales de comportamiento animal, a núcleos zoológicos y a criadores oficiales.