Esta es la velocidad máxima a la que puede conducir un conductor novel

La legislación española establecía para los conductores noveles un límite de velocidad de circulación de 80 kilómetros por hora hasta 2011

Los conductores noveles continúan teniendo obligaciones específicas

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Código Nuevo

Durante más de tres décadas, y desde el año 1974 hasta el año 2011, la legislación española establecía para los conductores noveles un límite de velocidad de circulación de 80 kilómetros por hora.

Como dicen desde Mapfre, el "conductor novel es aquel que tiene un carné de conducir con una antigüedad inferior a un año", lo que significa que durante esos 36 años quienes aprobaban el carnet de conducir debían esperar al menos doce meses para circular con normalidad a las velocidades indicadas para todos los conductores. No obstante, la situación cambió a partir del mes de marzo de 2011.

Fue entonces cuando una propuesta no de ley del PSOE modificó la anterior regulación y estableció el límite de velocidad de los conductores noveles en los 120 kilómetros por hora, una especificación idéntica a la del resto de conductores. Dicho de otra manera: desde marzo de 2011 los conductores noveles pueden circular a la misma velocidad que los demás. Según los portavoces del partido, y como recoge el medio especializado Motorpasión, ya no tenía sentido la antigua restricción de velocidad dado que la mayoría de carreteras del país son autovías y autopistas. La propuesta fue aprobada.

Sin embargo, recuerdan desde este mismo medio, los conductores noveles continúan teniendo obligaciones específicas. En concreto, "seguirán teniendo ocho puntos del carnet y una tasa de alcoholemia inferior a la del resto de conductores ya experimentados". Y no solo eso. Tal como informan desde el portal web Coches, "todo conductor novel tiene que portar la señal V-13 conocida popularmente por la 'L' blanca sobre el fondo verde que le da forma". Una señal que debe colocada obligatoriamente en la parte izquierda de la luna trasera durante los doce primeros meses de conducción.

En cuanto a la tasa de alcoholemia, explican desde Coches, "los conductores con una antigüedad del carnet inferior a dos años tienen un límite de 0,15 miligramos por litro de aire espirado o 0,30 gramos de alcohol en sangre". Esto contrasta con los límites de 0,25 miligramos por litro de aire espirado y los 0,50 gramos de alcohol en sangre permitidos al resto de conductores más experimentados. En ese sentido las sanciones son de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet para tasas de entre 0,15 y 0,30 mg/l y de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos del carnet para tasas de entre 0,30 y 0,60 mg/l.

En cualquier caso, y según cuentan desde este portal experto en circulación, la Dirección General de Tráfico (DGT) contempla actualmente la introducción de nuevas modificaciones para la circulación de conductores noveles. Entre ellas, "la vuelta a una velocidad máxima", una limitación del 0,0 de la tasa de alcoholemia e incluso la "limitación a la conducción nocturna en función del estado psicofísico". Todo ello destinado a que la tasa de accidentes disminuye. No en vano, y según las compañías de seguros, los conductores con más posibilidades de accidente son "los menores de 25 años con menos de cinco años de antigüedad de carné".