Estos son los trabajadores a los que el SEPE podrá quitar el paro a final de año
Las personas que se quedan sin empleo sufren una complicada situación posterior y el Servicio Público de Empleo Estatal es consciente de ello
En este sentido, el organismo ofrece una prestación contributiva por desempleo, popularmente conocida como paro
Las personas que se quedan sin empleo sufren una complicada situación posterior y el Servicio Público de Empleo Estatal es consciente de ello. En este sentido, el organismo ofrece una prestación contributiva por desempleo, popularmente conocida como paro.
Sin embargo, esta prestación tiene fecha de caducidad y el SEPE ha confirmado quienes se quedarán sin ella antes de final de año. El paro es una ayuda al desempleo por la que un empleado cotiza.
En caso de quedarse sin trabajo y ser despedido objetivamente por su empleador, puede obtener esta prestación hasta un periodo máximo de dos años, según el tiempo en activo. Para ello, debe haber cotizado un mínimo de 360 días en el periodo de seis años.
Para que esta prestación contributiva se extinga, se debe cumplir alguna de las nuevas situaciones que presenta el SEPE. Una de las primeras causas de extinción de la prestación es la realización de un nuevo trabajo por más de 12 meses.
De la misma forma, si se agota el periodo de la prestación o se caigan infracciones leves, graves y muy graves. También si "la realización de un trabajo por como autónomo igual o superior a 60 meses, o si cotiza en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar".
La pérdida de la prestación también se produce, evidentemente, si la persona llega a la edad ordinaria de jubilación. Por otro lado, en caso de trasladar la residencia al extranjero por un periodo continuado o superior a 12 meses, también se extinguirá la prestación. En la misma línea que lo anterior, si se viaja al extranjero por un periodo superior de 90 días también se perderá el paro.
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