Pensión de 7.250 euros: Estos son los requisitos para las amas de casa mayores de 65 años

Entre las exigencias, también se encuentra tener ingresos menores a los 7.250,60 euros al año

Se puede acceder a esta pensión sin haber cotizado en la Seguridad Social

Se puede acceder a esta pensión sin haber cotizado en la Seguridad Social / El Independiente

Ronald Goncalves

Dentro de las labores que no cotizan para la Seguridad Social, ser amo o ama de casa es una de las más prominentes. Atender las tareas del hogar sin ninguna prestación es sumamente común, tal y como lo es el impedimento para acceder a una pensión mínima por jubilación contributiva como sí permiten los trabajos formales.

Para estas personas, la figura de las pensiones no contributivas (PNC) resulta bastante útil puesto que no requieren haber cotizado ni un día en la Seguridad Social. No obstante, es necesario cumplir unos requisitos mínimos, incluido el no superar una cifra específica de ingresos anuales debido a su naturaleza destinada hacia los ciudadanos en situación de vulnerabilidad económica.

Así, pues, la Seguridad Social ofrece una pensión para amas de casa de 7.250 euros anuales. Para esta, particularmente, es necesario cumplir con tres requisitos:

  1. Tener al menos 65 años de edad.
  2. Residir en España y haberlo hecho durante 10 años consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha en la que se solicita la prestación.
  3. Disponer de ingresos anuales menores a los 7.250,60 euros.

En la instancia en la que los ingresos anuales superen la cifra establecida pero se conviva con familiares, el requisito de ingresos se considera cumplido si la suma total de los ingresos de la unidad económica de convivencia no superan los siguientes límites según el número de miembros del hogar:

  • 2 convivientes: 12.326,02 euros.
  • 3 convivientes: 17.401,44 euros.
  • 4 convivientes: 22.476,86 euros.

Además, si entre los convivientes se encuentran hijos o padres, los límites aumentan a las siguientes cifras:

  • 2 convivientes: 30.815,05 euros.
  • 3 convivientes: 43.503,60 euros.
  • 4 convivientes: 56.192,15 euros.

De este modo, para solicitar la pensión, al igual que su gestión y reconocimiento, el procedimiento se realiza a través de las Comunidades Autónomas, las cuales han recibido las funciones y servicios correspondientes al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (salvo Ceuta y Melilla, en las que el trámite se hace directamente en Imserso).

Las pensiones pueden solicitarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, en las oficinas del Imserso o en cualquier otra oficina de la Seguridad Social, donde se facilita el proceso de impresión correspondiente (como se puede confirmar en este enlace). Por último, cabe destacar que es posible enviar el modelo de solicitud junto con la documentación estipulada por medio de Internet, haciendo uso de la Sede Electrónica de la administración competente o bien a través del correo electrónico.