¿Pueden obligarme a llevar mascarilla en interiores en bares, restaurantes y discotecas?
En efecto: el derecho de admisión prevé estos casos
La dirección puede exigir que se lleve la mascarilla en su local
A partir del próximo 20 de abril, la mascarilla dejará de ser obligatoria en interiores. Un día antes, el Consejo de Ministros aprobará una nueva normativa que entrará en vigor al día siguiente y que termina de una vez por todas con la obligatoriedad de llevar la mascarilla dentro de los establecimientos. Eso sí, con excepciones como el metro o el autobús, y los centros hospitalarios.
Ahora bien, además de ser recomendable utilizar la mascarilla en interiores, pero solo recomendable, los locales podrán hacer uso del derecho de admisión para no permitir la entrada a aquellas personas que no la lleven puesta: las empresas pueden utilizar esta norma de igual forma que prohíben el ingreso a determinadas personas por cualquier otra razón.
En definitiva, el Posicionamiento de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta sobre el uso de mascarilla en espacios interiores solo obliga a ponerte la mascarilla en interiores si eres trabajador y/o visitante en centros asistenciales, hospitales, centros de salud o estás utilizando el transporte público. En los demás casos, es solo recomendable, pero las empresas privadas podrán hacer uso del derecho de admisión.
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