¿Dónde se paga más por el Impuesto de Sucesiones?

impuesto de sucensiones

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El impuesto de sucesiones es un tributo que grava los incrementos patrimoniales logrados a título gratuito, según establece la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En otras palabras, es el impuesto debido al cual debemos abonar determinada cantidad al estado tras recibir alguna herencia. Pero aunque se trata de un tributo exigido en todo el territorio español, tal y como cuentan desde Abogados y Herencias, "su gestión está cedida a las Comunidades Autónomas y su regulación varía de una a otra". Tanto que las diferencias entre unas y otras pueden ser gigantescas.

De hecho, es la conclusión del informe Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2021, llevado a cabo por el Registro de Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas (REAF-CGE). Sus expertos definen un supuesto que ejemplifica a la perfección esta vasta desigualdad: la diferencia en el pago del impuesto de un soltero de 30 años que hereda bienes de su progenitor por valor de 800.00 euros, en los que 200.000 se corresponden a la vivienda habitual del fallecido, puede superar los 100.000 euros entre comunidades dado que en Asturias debería abonar más de 100.000 euros y en Andalucía, Cantabria o Galicia nada.

En Bankinter, blog especializado en economía y finanzas, realizan una radiografía precisa del asunto. Para los descendientes y adoptados menores de 21 años encontramos dos tipos de comunidades. Por un lado, las que solo exigen pagos simbólicos: Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, Madrid y Murcia. Por otro lado, aquellas en las que se abonan cantidades reales, pero con generosas bonificaciones para menores de edad en algunas comunidades concretas como Aragón. En la Comunidad Valenciana la bonificación puede ser de hasta el 75% y en Cataluña del 20% al 99%.

Para los cónyuges, descendientes, ascendientes y adoptados de 21 años o más, encontramos nuevamente un primer grupo de comunidades libres de tributación. En él encontramos los territorios forales del País Vasco, Andalucía, Cantabria, Extremadura, Madrid y Murcia. En segundo lugar, otro grupo de comunidades en las que sí debe abonarse el impuesto de sucesiones, aunque siempre y cuando el valor económico supera un mínimo establecido. Este mínimo varía en función de cada una de esas comunidades. En Castilla y Léon se sitúa en los 400.000 euros. En Asturias en los 300.000 euros. En Aragón en los 500.000 euros.

Como apuntábamos anteriormente, las diferencias entre lo que abona un ciudadano español de una región y otro de otra región tras recibir una herencia puede variar muy significativamente. Esa es la razón por la que la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha reconocido querer desarrollar una armonización de este impuesto estatal cedido. Un impuesto para cuyo pago se recomienda, teniendo en cuenta las singularidades de cada comunidad y cada caso, contar con ayuda profesional. Así, desde Abogados y Herencias recuerdan que "el plazo de presentación será de seis meses a contar desde el fallecimiento".