Ansu Fati sólo recibirá un partido de sanción
La peor consecuencia para el Fútbol Club Barcelona anoche en el derbi es la pérdida de Ansu Fati tras su expulsión de anoche tras la indicación desde el VAR al colegiado internacional andaluz.
Una expulsión que le supondrá, en condiciones nórmales, no más que un encuentro de sanción. La clave radica en el acta del colegiado, que redactó además de idéntica manera la expulsión casi idéntica del jugador del Espanyol, Pol Lozano. En ambos casos él acta arbitral recoge lo siguiente:
FC Barcelona:
En el minuto 49 el jugador (31) Fati Vieira, Anssumane fue expulsado por el siguiente motivo: Realizar una entrada a un contrario con el pie en forma de plancha empleando fuerza excesiva, siendo culpable de juego brusco grave.
RCD Espanyol de Barcelona SAD:
+ En el minuto 52 el jugador (26) Lozano Vizuete, Pol fue expulsado por el siguiente motivo: Realizar una entrada a un contrario con el pie en forma de plancha
Atendiendo pues a este acta arbitral, lo normal es que el Comité de Competicion aplique el artículo 114 del código disciplinario y que dice lo siguiente:“La expulsión directa durante el transcurso de un partido acarreará la imposición de la sanción de suspensión durante, al menos, un partido, salvo que el hecho fuere constitutivo de infracción de mayor gravedad, con la accesoria pecuniaria correspondiente”.
En el peor de los escenarios podrían ser dos partidos, algo casi descartado inicialmente, en cuyo caso se le aplicaría el artículo 116 que dice al respecto: “Emplear juego peligroso causando daño que merme las facultades del ofendido, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de un mes”.
Acción sin consecuencias lesivas
Por suerte la acción del azulgrana no tuvo consecuencias lesivas. El Fútbol Club Barcelona tiene hasta las dos de la tarde para presentar las correspondientes alegaciones antes de que este mismo Jueves pueda conocerse el castigo. Luego además el club azulgrana podrá recurrir al Comité de Apelación. En estos mismos términos puede actuar el Espanyol.
Si bien la actuación desde el VAR anoche en ambas expulsiones pueda sorprender, lo cierto es que esta recogida en la circular del CTA de esta misma temporada. Concretamente en el apartado 4 de la misma y que dice lo siguiente:
“4. ENTRADAS Y DISPUTAS (TACKLES)
En este grupo de acciones, debemos diferenciar:
a) IMPRUDENCIA: Sin sanción disciplinaria por sí mismas.
b) TEMERIDAD: Acciones que llevan aparejadas la amonestación. c) USO DE FUERZA EXCESIVA: Acciones merecedoras de expulsión”
Y respecto a estas últimas, que son las que consideró ayer Pablo González Fuertes desde la sala de VOR, la circular del CTA contiene el siguiente texto:
“Los árbitros deben proteger la integridad física de los jugadores y sancionar este tipo de acciones con la correspondiente tarjeta roja.
Del mismo modo, se insiste que en caso de que el árbitro en el terreno de juego cometa un error claro y manifiesto en la identificación de estas acciones, el VAR debe intervenir para recomendar al árbitro la revisión en el monitor”.
Veremos ahora si actúan las alegaciones del Fútbol Club barcelona ante los órganos disciplinarios permitiendo a Fati poder jugar la próxima jornada. De no ser así, en canterano si volverá en las dos ultimas jornadas con horario unificado
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