SEGURIDAD VIAL

Estos son los límites de velocidad y las multas en España

Según el tipo de vía, la velocidad máxima cambia, igual que las multas por exceso de velocidad.

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Correr demasiado pone en riesgo al que conduce, a su bolsillo y a los que están cerca. / DGT

Àlex Soler

Àlex Soler

El exceso de velocidad es una de las infracciones más frecuentes en las carreteras españolas. Como adelantó Motor Zeta el pasado abril, solo en Catalunya, 630.000 personas reconocían haber cometido algún delito contra la seguridad vial, entre los que se encontraba conducir a más de 200 km/h por autopista. 

Conducir demasiado rápido acarrea varias consecuencias que van más allá de lo que muchos piensan. Una velocidad excesiva reduce el tiempo  de reacción, dificulta el control del coche, hace que el conductor se vuelva más agresivo por culpa de un aumento del estrés, se vuelve más complicado y peligroso cambiar la trayectoria y, por culpa de todos los factores, el campo visual del conductor disminuye. Por si fuera poco, todo lo anterior son consecuencias para el propio infractor. Por otro lado, la posibilidad de provocar un accidente mortal y poner en riesgo al resto de conductores aumenta con cada kilómetro por hora de más. 

Con todo esto claro, los que aun así decidan correr por encima de lo indicado, deben conocer que, en España, según el tipo de vía, la velocidad máxima permitida cambia ajustándose a la tipología de la vía y a otros factores como la visibilidad o el estado de la infraestructura. En el país, los limites oscilan entre los 20 km/h y los 120 kilómetros por hora y, además, hay que tener en cuenta que según el vehículo que se utiliza, la velocidad es distinta.

LÍMITES DE VELOCIDAD

Según la DGT, las velocidades permitidas según el tipo de vía son las siguientes:

En autopistas y autovías: En estas carreteras, los turismos y motos pueden llegar a los 120 km/h; los autobuses, vehículos derivados del turismo y vehículos mixtos adaptables, hasta los 100 km/h; los camiones, tractocamiones, furgones y automóviles con remolque de hasta 750 kg, hasta los 90 km/h y los restantes hasta una máxima de 80 km/h.

En carreteras convencionales con arcén pavimentado de 1,50 m o más: Motos y turismos pueden circular a 100 km/h; autobuses, vehículos derivados de turismo y mixtos adaptables, hasta 90 km/h y los camiones, tractocamiones, furgones y automóviles con cualquier tipo de remolque, hasta los 80 km/h.

En carreteras fuera de poblado sin arcén pavimentado: Turismos y motos no pueden superar los 90 km/h; los autobuses, vehículos derivados del turismo y los mixtos adatpables, los 80 km/h y los camiones, tractocamiones, furgones y automóviles con cualquier tipo de remolque, los 70 km/h.

En ciudad, ningún tipo de vehículo puede superar los 50 km/h. Además, en casos especiales, como los vehículos que realicen transporte escolar y de mercancías peligrosas, que verán reducido el límite siempre en 10 km/h. Por otro lado, si en un autobús van personas de pue porque está autorizado, la velocidad máxima, aunque la vía indique que es más alta, será de, como máximo, 80 km/h. 

LAS MULTAS

Una vez conocidas las velocidades máximas según el tipo de vía y vehículo, es necesario saber que a partir de que se supera la velocidad indicada la multa puede cambiar según su gravedad. Para conocer exactamente que tipo de sanción corresponde a cada velocidad, la DGT pone a disposición de todo el mundo una tabla con todas las velocidades y sus correspondientes sanciones. 

Así, se puede observar que la sanción se agrava a medida que aumenta el exceso de velocidad y, si en un primer rango la multa es de 100 euros y sin pérdida de puntos de carné, la tabla muestra que se pueden llegar a perder seis puntos y 600 euros si la infracción es muy grave. Además, el artículo 379 del Código Penal estipula que, en el momento que la falta es 'muy grave', la falta se tramita por vía penal y no administrativa, la cual puede acarrear una sentencia de cárcel, pérdida del carné o trabajos en beneficio de la comunidad, como le pasó al conductor que ha sido detenido por máxima velocidad en España que, como publicó Motor Zetafue 'cazado' con su Porsche 911 Carrera a 297 km/h. En ese caso se enfrentó a una multa de 3.600 euros y la retirada del carné.

Puede consultar información acerca de los tipos de radares móviles que existen, sobre los radares que más multan en España y sobre el radar privado en Motor Zeta