Movilidad sostenible
La DGT extiende las etiquetas ambientales a las motos y ciclomotores
Los propietarios que deseen adquirirlas deberán comprarlas en las oficinas de Correos.
![Un ciclista por la calle Balmes de Barcelona, en noviembre del 2015.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/47362a6e-1474-4b39-ac1d-f97184ff5b45_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Bicis, motos y coches, en la calle de Balmes, antes de cruzar la Diagonal. / DANNY CAMINAL
El Periódico
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha informado este miércoles de que, tal y como ha hecho con los automóviles, ha finalizado la clasificación del parque de motocicletas y ciclomotores en función de su potencial contaminante. En este caso, la DGT no va a enviar de forma gratuita las etiquetas como hizo al principio con los coches, ha explicado en un comunicado. Los propietarios que deseen adquirirlas deberán acercarse a las oficinas de Correos para<strong> comprarlas.</strong>
La DGT ha clasificado los vehículos de dos y tres ruedas en cuatro etiquetas medioambientales (0 emisiones, ECO, C y B) en función de los datos de homologación europeos.
Con ello ha cumplido con una de las medidas del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera (Plan Aire) que le ha sido encomendado. Con esta clasificación "discrimina positivamente" a las motos más respetuosas con el medio ambiente y facilita a los municipios un "instrumento eficaz en políticas municipales, tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente".
El primero de los vehículos que ha clasificado ha sido los ciclomotores de dos ruedas o de tres ruedas con una cilindrada no superior a 50cc si es de combustión interna y con una velocidad máxima no superior a 45 km/h.
CLASIFICACIÓN
Le han seguido los cuadriciclos ligeros de cuatro ruedas con un peso inferior a 350 kg (sin incluir las baterías si son eléctricos) con una velocidad máxima no superior a 45 km/h con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 c.c. para los motores de explosión, o una potencia máxima neta inferior o igual a 4 kW para los otros tipos de propulsores.
La DGT también ha clasificado las motocicletas de más de 50cc y con una velocidad máxima superior a 45 km/h; y las que llevan sidecar (de tres ruedas asimétricas y con las mismas características que las anteriores de dos ruedas).
En este proceso de etiquetado han colaborado con la DGT los ayuntamientos de Madrid y de Barcelona, el Real Automòbil Club de Catalunya (RACC), la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones (Anfac) y los ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; y el de Industria, Energía y Turismo.
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