¿Cómo tributan las letras del Tesoro en la declaración de la Renta 2023/24?

Dichos activos se consideran rendimiento de capital mobiliario sujeto. Debe incluirse en el IRPF

El 76,8% de los hogares españoles son de propiedad.

El 76,8% de los hogares españoles son de propiedad. / Real Estate Agent Showing a New Empty Office Space to Young Male and Female Hipsters. Entrepreneurs Meet the Broker with a Tablet and Discuss the Facility They Wish to Purchase or Rent.

Las letras del Tesoro son valores de renta fija a corto plazo representados en exclusiva a través de anotaciones en cuenta. El importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros y siempre se han de hacer peticiones múltiplos de 1.000 euros.

Se emiten a través de subasta y son valores emitidos  al descuento o a premio, por lo que su precio de adquisición puede ser inferior o superior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. Son uno de los métodos de inversión más utilizados en estos momentos y así deben tributar en la declaración de la Renta.

Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown, explica a la entidad bancaria BBVA cómo tributan las letras del Tesoro en la declaración de la Renta 2023/24: "estos activos no tienen un beneficio fiscal como tal. Tenemos que incluir en la declaración y tributar por ellos, ya que no llevan retención de IRPF, y por lo tanto, no hemos adelantado impuestos por los mismos".

El especialista en materia fiscal añade que por esta razón, tendremos que pagar lo proporcional a lo que hayamos ganado cuando presentemos la declaración de la Renta.

Es decir, si obtienes un ingreso por letras del Tesoro, debes incluirlo en el modelo 100 de la declaración de la renta; la casilla número 30 está dirigida a declarar los rendimientos procedentes de la transmisión o amortización de dichas letras del Tesoro.

¿Cuáles son los tramos y tipos de las Letras del Tesoro en la declaración de la Renta?

Las letras del Tesoro cotizan como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro. En 2023, el tipo impositivo es del 19% para los primeros 6.000 euros, del 21% en la franja de 6.000 a 50.000 euros; del 23% entre 50.000 y 200.000 euros, del 27% entre 200.000 y 300.000 euros y del 28% si excede esta última cifra.