¿Existe un derecho a permiso en el trabajo para asistir a un examen y/u oposición?

El Estatuto de los Trabajadores recoge dicho permiso, pero no especifica la retribución al trabajador

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Agencia ATLAS / Foto: Alba Vidaray

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37, recoge una serie de permisos laborales para faltar al trabajo justificadamente. Aunque algunos permisos son claros, como para ir al médico, también existe el derecho a permiso laboral para presentarse a oposiciones o a un examen de conducir.

Este derecho está regulado en el artículo 23.1, que establece que los empleados tienen derecho “al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes”.

Sin embargo, el estatuto no especifica si estos permisos son retribuidos, dejando su regulación al convenio colectivo de cada empresa. A pesar de esto, existe jurisprudencia que avala la retribución de estos permisos.

Sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de Castilla y León, Andalucía y Aragón han defendido que estos permisos deben ser pagados para evitar la vulneración del Convenio 140 de la OIT, que promueve la formación profesional como un principio rector de la política social y económica.

Además, la negociación colectiva puede determinar si el permiso incluye solo el tiempo del examen o todo el día. Las empresas pueden requerir justificante de asistencia para conceder estos permisos, que suele ser lo habitual en nuestro mercado laboral.

En resumen, tienes derecho a acudir a un examen si está debidamente justificada la asistencia, pero no existe una norma más allá de la jurisprudencia que obligue a su retribución.