Buenas noticias para los padres con hijos menores de 17 años: La Seguridad Social da 1.000 euros

Esta prestación económica tiene como objetivo ayudar con los gastos de nacimientos o adopciones en familias numerosas o monoparentales

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La Seguridad Social ofrece una prestación económica por nacimiento o adopción de un hijo/a para familias numerosas, monoparentales, o en casos donde uno de los padres tenga una discapacidad igual o superior al 65%. Esta ayuda consiste en un pago único de 1.000 euros por cada menor de 17 años, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Es importante destacar que esta prestación no se aplica a casos de acogimiento familiar.

Los padres que residan legalmente en España y cuyos ingresos no superen los límites establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado pueden recibir esta ayuda. En caso de que ambos padres convivan, se sumarán sus ingresos y, si exceden el máximo permitido, no podrán beneficiarse de la prestación. Además, no podrán solicitar esta ayuda si ya tienen derecho a otra prestación similar.

Para acceder a los 1.000 euros por hijo/a, los niños deben haber nacido después del 16 de noviembre de 2007 y pertenecer a una familia numerosa, monoparental, o tener un progenitor con una discapacidad del 65% o más.

La definición de "hijos/as nacidos" sigue el artículo 30 del Código Civil, que considera adquirida la personalidad al nacer "con vida". Las familias numerosas y monoparentales se definen según la Ley 40/2003 y los criterios de la Seguridad Social, respectivamente.

El pago de la prestación es único y se otorga por hijo/a, siempre que los progenitores no superen los ingresos máximos establecidos. Esta ayuda es compatible con otras, como la prestación por parto o adopción múltiple y pensiones de orfandad, entre otras. Sin embargo, es incompatible si ambos progenitores tienen derecho a la prestación o si reciben una prestación similar de otros regímenes públicos de protección social.