Las condiciones para cobrar un 20% más en la incapacidad permanente total

La pensión de incapacidad permanente se reconoce a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social

Para cobrar un 20% más en la incapacidad total tiene que reconocerse como incapacidad permanente total cualificada

Cuando ni tener una nómina ni ser pensionista son sinónimos de poder pagar una casa.

Cuando ni tener una nómina ni ser pensionista son sinónimos de poder pagar una casa.

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La pensión de incapacidad permanente se reconoce a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En este caso, los españoles también pueden recurrir con una demanda contra la INGSS para lograr este tipo de pensión. En nuestro país existen tres modalidades distintas: parcial, total, absoluta y gran invalidez.

Además de la compatibilidad con la realización de otras actividades laborales, una de las grandes diferencias entre estos grados es la cantidad económica que percibe el ciudadano. En este caso, las pensiones de incapacidad permanente pueden tener su orgien como accidente laboral o no laboral, enfermedad profesional y enfermedad común.

La incapacidad permanente total se otorga a los trabajadores que presentan dolencias o secuelas que le impiden desarrollar su profesión habitual. Por otro lado, la pensión de incapacidad total podría ser compatible con otras actividades laborales que no entren en conflicto con lo que originó la invalidez.

Para cobrar un 20% más en la incapacidad total tiene que reconocerse como incapacidad permanente total cualificada. El primer requisito para poder cobrar la incapacidad total cualificada es haber cumplido 55 años de edad y en segundo lugar, la persona debe encontrarse en situación de desempleo.