¿Me pueden sancionar en mi trabajo si no llevo la mascarilla en interiores?
A pesar de haber una norma estatal, las empresas pueden decidir si obligar o no a su uso
Si un trabajador se niega, se puede imponer una sanción interna
Desde esta mañana, ya no hay que llevar mascarilla en interiores en gran parte de los espacios de uso público. Eso sí, una de las dudas más comunes en las últimas horas es si mi puesto de trabajo me puede sancionar por no llevarla a pesar de existir una norma a nivel estatal que no obliga a su utilización. Y he de decir que hay una excepción que ha pasado por alto.
Según la CEOE, y también el Gobierno de España, las empresas tienen la potestad para decidir las medidas preventivas adecuadas que puedan ayudar a la protección de la salud de los trabajadores. Así, al igual que en algunos puestos de trabajo existe la obligatoriedad de llevar un EPI o un casco, también puede exigirse el uso de la mascarilla en interiores si así lo decide el departamento correspondiente de salud laboral (o prevención de riesgos laborales).
Por lo tanto, si te niegas a utilizar la mascarilla en interiores cuando tu empresa te está obligando a ello, es posible que te enfrentes a una sanción interna por poner en peligro esta decisión tomada por el sistema de salud laboral que vela por todos los empleados de tu puesto de trabajo. ¿El despido? En los casos más graves, también se puede producir (como una desobediencia reiterada).
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